martes, 26 de enero de 2016

Devolución del Canon de Saneamiento

Hasta el día 28 de Febrero está abierto el plazo para la solicitud de devolución de las cuotas satisfechas por el Canon de Saneamiento a los contribuyentes usuarios del agua de las redes de abastecimiento doméstico cuanto tengan las consideración de parados de larga duración o sean perceptores de pensiones no contributivas y siempre que el resto de las personas que habiten en la vivienda no perciban prestaciones de clase alguna.

Los interesados deberán presentar una solicitud de devolución ante la Dirección General competente en materia de tributos, en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de cada año y referida a las cuotas abonadas en el ejercicio inmediatamente anterior.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación referida al ejercicio inmediatamente anterior:

1. Certificado expedido por el Ayuntamiento que acredite el número de personas que habitan en la vivienda o la autorización para solicitar del Ayuntamiento la información.

2. Certificado de los ingresos de todas las personas que vivan en la vivienda objeto de la solicitud o la autorización para solicitar de la AEAT la información.

3. Documento expedido por el SEXPE que acredite la condición de parado de larga duración, o en su caso, documento acreditativo de la condición de perceptor de una pensión no contributiva o la autorización para solicitar de los organismos competentes la información.

4. Justificantes o recibos acreditativos del abono del Canon de Saneamiento cuya devolución se solicita.

Os dejo un enlace donde encontrar modelos de solicitud y más información al respecto.




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