Los interesados deberán presentar una solicitud de
devolución ante la Dirección General competente en materia de tributos, en el
plazo comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de cada año y referida
a las cuotas abonadas en el ejercicio inmediatamente anterior.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente
documentación referida al ejercicio inmediatamente anterior:
1. Certificado expedido por el Ayuntamiento que acredite
el número de personas que habitan en la vivienda o la autorización para
solicitar del Ayuntamiento la información.
2. Certificado de los ingresos de todas las personas que
vivan en la vivienda objeto de la solicitud o la autorización para solicitar de
la AEAT la información.
3. Documento expedido por el SEXPE que acredite la
condición de parado de larga duración, o en su caso, documento acreditativo de
la condición de perceptor de una pensión no contributiva o la autorización para
solicitar de los organismos competentes la información.
4. Justificantes o recibos acreditativos del abono del
Canon de Saneamiento cuya devolución se solicita.
Os dejo un enlace donde encontrar modelos de solicitud y más información al respecto.
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